CPI: MADURO, MAREOS Y MIEDOS
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Recuerdos de Manuel Noriega,....
- SEC GEN DE A.I. INSTA AL NUEVO FISCAL DE LA CPI A ACELERAR DECISIONES INCLUYENDO VENEZUELA
-¿CUÁLES
SON LOS PASOS QUE SIGUEN AL EXAMEN PRELIMINAR DE LA CPI CONTRA MADURO? Efecto-Cocuyo – Utilice su VPN
- VENEZUELA EN LA CPI: GUÍA PARA ENTENDER EL HISTÓRICO ASUNTO
Maikel
Moreno, jefe del TSJ con prontuario por
homicidio, llevando presentes a Fatou
Bensouda. Haifa Aissami, al fondo, la fiscal que persiguió perversamente y sin prueba alguna a los PM de La Masacre de Miraflores del 11.4.2002Acceso
a la Justicia: Pese a que la ya exfiscal en jefe de la
Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, no pudo cumplir su palabra y
anunciar el pasado 15 de junio, antes de dejar su cargo, si abriría o no una
investigación contra funcionarios, exfuncionarios y particulares (que actúan en
nombre del Estado) por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad en
Venezuela, las posibilidades de que el país se convierta en el primero en
América sobre el que el juzgado con sede en La Haya fije su atención son muy
altas. Así lo dejan en claro no solo los gestos y actuaciones de
la jurista gambiana, sino también las decisiones y giros de 180
grados que en los últimos meses se han dado desde el Gobierno de
Maduro y el Ministerio Público en determinados temas.
“Acceso
a la Justicia” considera oportuno no solo rememorar
estas maniobras sino también contextualizarlas, en especial porque en los
últimos días no son pocos los que consideran que las actuaciones del fiscal
general designado por la cuestionada Constituyente, Tarek William Saab, han
servido para neutralizar una eventual investigación internacional.
Ciertamente, la solicitud de “control judicial” que el
pasado 26 de mayo el despacho de Saab presentó ante la Sala de Cuestiones
Preliminares de la CPI, impidió que Bensouda anunciara si consideraba que se
debe iniciar una investigación respecto de Venezuela por delitos previstos en
el Estatuto de Roma y determinar responsabilidades.
«Con
respecto a Venezuela, me había comprometido a llegar a una determinación
final, en la medida de lo posible, durante mi mandato», afirmó
la exfiscal de la CPI en su informe final de gestión, publicado el mismo día
que la fiscal de la CPI dejaba su cargo, en el que agregó lo siguiente:
«Quizás en previsión de ese resultado, como habrán visto
en los medios de comunicación, a la Sala de Cuestiones
Preliminares llegó un recurso del Gobierno de Venezuela solicitando a
dicha Sala que ejerza control sobre la realización de nuestro examen
preliminar».
Ese 15 de junio la Sala de Cuestiones Preliminares dio
respuesta al recurso, pero por la confidencialidad solicitada por el Gobierno
venezolano no se conoció su contenido.
Sin embargo, el Ministerio Público venezolano publicó un comunicado en el que
expresó que en su decisión la Sala no entró a conocer el fondo del asunto, pero
reconoció la colaboración del Gobierno de Maduro con la Fiscalía e invitó a
esta a seguir cooperando en el proceso abierto respecto de Venezuela.
Neutralizando
los focos de preocupación
El primer movimiento ocurrió a finales de marzo, cuando
Nicolás Maduro decretó la reestructuración de la Policía Nacional Bolivariana (PNB).
La medida aparecida en la Gaceta Oficial n.º
42.105, del 13 de abril pasado, daba seis meses para reimpulsar «su doctrina
original de ser una policía eminentemente comunitaria, preventiva, de
proximidad; de protección y de autoridad (…) con la finalidad de garantizar
eficientemente la seguridad integral y la paz del pueblo venezolano».
El cuerpo ha sido señalado de cometer un importante
porcentaje de los 6.856 ajusticiamientos que el Gobierno le reconoció a la alta
comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle
Bachelet, que habían ocurrido en el país entre 2017 y mayo de 2019. Pero los
señalamientos ha sido dirigidos en particular contra las polémicas Fuerzas de
Acciones Especiales (FAES) del organismo, las cuales fueron creadas en 2017 por
Maduro para combatir la delincuencia organizada.
Apenas en enero de este año, efectivos de este grupo de
la PNB fueron señalados de ajusticiar a unas veintitrés personas durante una
operación en el barrio caraqueño de La Vega, según denunciaron organizaciones
de derechos humanos; de estos señalamientos tomó debida nota la Misión
Internacional Independiente de Determinación de Hechos de Naciones Unidas.
No debería sorprender entonces que Bachelet pidiera la disolución de las FAES, solicitud que
Maduro ha ignorado completamente. «Todo mi apoyo a las FAES», llegó a decir a
finales de 2019.
Con esta maniobra el Gobierno parece buscar que no lo
salpiquen los abusos en los que se han visto involucrados agentes de la PNB y
las FAES. Sin embargo, esto se antoja difícil.
¿La razón? Lo señalado por la Misión de la ONU en su informe de septiembre de 2020:
«Las autoridades estatales –tanto a nivel presidencial
como ministerial– tenían y ejercían su poder y supervisión sobre las siguientes
fuerzas y organismos de seguridad civiles y militares: la Policía Nacional
Bolivariana (incluidas las PNB/FAES), el Cuerpo de Investigaciones Científicas,
Penales y Criminalísticas (Cicpc), las fuerzas de policía municipales y
estatales, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, la Fuerza Armada
Nacional y la Dirección General de Contrainteligencia Militar. Los miembros de
esas fuerzas y organismos de seguridad fueron los autores de las violaciones y
los crímenes documentados en este informe».
En la misma dirección se debe interpretar una segunda decisión del Gobierno de Maduro, la
adoptada el pasado 12 de mayo en la que le ordenó al Servicio Bolivariano de
Inteligencia Nacional (Sebin) y a la Dirección General de Contrainteligencia
Militar (DGCIM) entregarle todos los presos que tenían bajo su custodia al
Ministerio del Servicio Penitenciario.
Tanto Bachelet como la Misión señalaron a ambos
organismos de cometer detenciones arbitrarias y de torturar e infligir malos
tratos a los reos en su poder. Por ejemplo, en la sede principal del
Sebin, ubicada en Plaza Venezuela, Caracas, fue asesinado
el concejal opositor Fernando Albán el 5 de octubre de 2018. En un primer
momento las autoridades quisieron hacer pasar el crimen como un suicidio, pero
el pasado 1 de mayo el fiscal general impuesto por la cuestionada
Constituyente, Tarek William Saab, admitió que esa versión oficial no era correcta.
Por su parte, el 29 de junio de 2019 el capitán Rafael Acosta Arévalo falleció en
el Hospital Militar Dr. Vicente Salias, según la versión oficial,
tras sufrir un colapso en los tribunales debido a los malos tratos que
recibió de parte de sus captores, agentes del DGCIM le propinaron. El militar
fue detenido por su supuesta participación en un intento de magnicidio
y golpe de Estado, según informó en su momento el Ministerio Público
intervenido por la Constituyente.
Aparentando
justicia
El movimiento más importante que hasta ahora han
realizado las autoridades en sus intentos por desactivar un eventual proceso en
La Haya lo realizó Saab al dar un giro de 180 grados y anunciar que el estudiante Juan
Pablo Pernalete sí murió por culpa de una bomba lacrimógena que le disparó un
guardia nacional en abril de 2017, cuando participaba en una protesta.
Pese a que el Ministerio Público durante la gestión de
Luisa Ortega Díaz ya había anunciado que el joven había muerto por la actuación
ilegal de efectivos militares, desde Miraflores se sostuvo que había sido
asesinado por otro manifestante con una pistola de perno.
Casi cuatro años después Saab reconoció que su predecesora estaba en lo correcto,
aunque, por supuesto, obvió este detalle. «Este joven falleció al recibir un
impacto con una bomba lacrimógena en el pecho», dijo en una rueda de prensa,
donde además anunció que «se logró la imputación de doce funcionarios
[de la Guardia Nacional] por el delito de homicidio preterintencional
con grado de complicidad correspectiva».
Ese mismo día también reconoció que el concejal Albán no se suicidó lanzándose
desde el piso 10 de la sede del Sebin de Plaza Venezuela, como él mismo anunció
el 5 de octubre de 2018, sino que habría sido asesinado por sus captores.
Estos cambios no son gratuitos: persiguen hacer ver que
en Venezuela se están investigando las violaciones a los derechos humanos. ¿Con
qué propósito? Impedir la acción de la CPI, la cual es complementaria, es
decir, según explica la organización Abogados Sin Fronteras:
«[Da] primacía a las jurisdicciones nacionales para que
sean éstas las que efectivamente investiguen y enjuicien a los responsables de
los crímenes de lesa humanidad, de guerra y/o genocidio cometidos en su
territorio” y solo actúa en “los casos en que exista una falta de voluntad y/o
capacidad por parte del Estado para cumplir con la obligación de
administrar justicia».
¿Los cambios de Saab en los casos de Albán y Pernalete
serían suficientes para que los mismos no sean incluidos en una eventual
investigación de La Haya? Eso deberá valorarlo el organismo, pero a la luz del
informe de la Misión de la ONU no, pues en el mismo se recuerda que los
crímenes cometidos en Venezuela no han podido ocurrir sin la anuencia de
superiores jerárquicos, por lo que estos deben responder también ante la
justicia.
¿Reforma
de la justicia?
Una cuarta jugada se produjo el 21 de junio, cuando
Maduro anunció la creación de una comisión especial para la reforma judicial,
que será presidida por los diputados de la Asamblea Nacional oficialista,
Diosdado Cabello y Cilia Flores, y también por la magistrada Lourdes Suárez
Anderson, presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia (TSJ).
¿Cuál es el objetivo de esta nueva reforma judicial? Solucionar en
sesenta días el hacinamiento de los Centros de Detención Preventiva y además
«tomar las riendas de una revolución completa del sistema de justicia, que
va integrar a todos los órganos. En las próximas horas estaremos anunciando su
conformación completa, una comisión que tiene que rendirle cuentas al Consejo
de Estado».
Según el artículo 251 constitucional, el Consejo de
Estado es un órgano superior de consulta del Gobierno y la Administración
Pública Nacional, que está integrado por nueve miembros: el vicepresidente
ejecutivo, cinco personas designadas por el presidente de la
República; un representante designado por la AN; otro por el TSJ y un
gobernador nombrado por el conjunto de mandatarios estadales. Es decir, tiene
prevalencia del Poder Ejecutivo con seis de sus nueve miembros.
En suma, pareciera que, de acuerdo a las declaraciones
antes mencionadas, dos miembros del Parlamento oficialista, uno de ellos, la
esposa de Maduro, van a llevar adelante medidas para solucionar el problema del
hacinamiento y van a rendirle cuentas a un órgano con predominio del Gobierno.
¿Y el TSJ? Relegado. Solo una magistrada frente a dos diputados es parte de la
comisión, y otro magistrado actuará en el Consejo de Estado.
La decisión genera dudas, en especial por las medidas que
podría adoptar para descongestionar los centros de detención preventiva sin
cometer desafueros, injusticias o dejar impune algún caso, teniendo en cuenta
además que los jueces no dan un paso sin consultar sus fallos con
el juez presidente del Circuito Penal como indicó la alta
comisionada en su informe del 15 de julio de 2020,
aunque probablemente lo que ocurra es que las decisiones serán tomadas desde
arriba, por la Comisión en cuestión y que deban ser aprobadas por el Consejo de
Estado, antes de ser ejecutadas.
Asimismo, hay motivos para dudar de la efectividad de
este tipo de acciones. Basta con recordar que en 2020 Maduro anunció otra
sacudida al sistema judicial, la cual sería ejecutada por la cuestionada
Constituyente, pero esta quedó
solamente en un anuncio.
Y a
ti venezolano, ¿cómo te afecta?
Las maniobras de las autoridades solo tienen un propósito: blindarse ante un eventual proceso
internacional. Estas acciones
parecen revelar que en el Palacio de Miraflores y en Fuerte Tiuna hay miedo y
angustia ante una hipotética investigación, pues hay que recordar que el
dictamen que la exfiscal Bensouda se vio impedida de hacer no era ni una
acusación ni mucho menos una condena, simplemente sería el anuncio del inicio
de una investigación, la cual podría demorar años.
No obstante, las autoridades venezolanas han vuelto a
poner sus intereses por encima de los de las víctimas y han ignorado sus ansias
y su legítimo derecho de buscar justicia, dentro y fuera del país. Además, lo
han hecho violando la Constitución, la cual en su artículo 29 obliga a
«investigar y sancionar los delitos contra los derechos humanos».
Puede
el nuevo fiscal de la CPI anular una investigación contra Maduro?
Ibis León - Efecto
Cocuyo - La solicitud de “control judicial” hecha por las autoridades
venezolanas a la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional (CPI)
retrasa la decisión que debe tomar la fiscalía de dicho organismo en
cuanto al inicio o no de una investigación contra el gobernante Nicolás Maduro y
otros altos funcionarios por presuntos crímenes de lesa humanidad.
La petición, que ha sido considerada como una táctica dilatoria del Estado venezolano, coincide con la llegada de un nuevo fiscal, el británico Karim Khan, quien recibió de manos de su predecesora Fatou Bensouda la conclusión (que sigue sin conocerse) sobre el examen preliminar del caso Venezuela, pero ahora es quien tiene la última palabra sobre la continuidad del proceso.
Investigación contra Maduro
La abogada Thairí Moya,
profesora de la Ucab, magíster en la Universidad de Nottingham, Inglaterra, y
doctora en derecho de la UCV, explica a Efecto Cocuyo que el nuevo fiscal no
puede echar para atrás el examen preliminar porque ya se concluyó que
existen fundamentos razonables para
creer que en Venezuela se cometieron crímenes de lesa humanidad bajo el mandato
de Maduro.
Sin embargo, Khan tiene la
facultad de o bien ordenar el inicio de una investigación formal o dar un lapso
de prueba para ver si efectivamente el Estado venezolano está llevando a juicio a los
máximos responsables señalados, lo que sería “un escenario nada deseable”,
sostiene Moya, porque equivaldría a un “congelamiento del
examen preliminar en la etapa de admisibilidad”.
“El fiscal puede darle chance
al Estado venezolano para que pruebe si está llevando justicia a las víctimas,
por eso la
secretaria de Amnistía Internacional (Agnés Callamard), en su carta, pide
que esta decisión que quedó colgando (la de Fatou Bensouda) no sea usada como
una táctica dilatoria, le hace un llamado al nuevo fiscal para que se pronuncie
pronto”, señala.
Defensores de derechos humanos
e incluso Estados miembros del Estatuto
de Roma denuncian que el Poder Judicial en Venezuela
responde a los intereses del Ejecutivo por lo que piden al tribunal
internacional actuar.
Control judicial
La especialista en derecho
internacional advierte que la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares
sobre la solicitud
de control judicial que elevó el Ministerio
Público venezolano también será determinante.
“No sabemos qué va a decir la
Sala de Cuestiones Preliminares. En principio no debería ser invasiva en cuanto
a la actuación del fiscal, pero puede marcar un antes y un después en la
jurisdicción de la Corte.
La sala puede decidir que el
fiscal debe evaluar el origen
de las pruebas durante el examen preliminar, por ejemplo,
lo cual no está normado en el Estatuto de Roma”, argumenta.
Obstáculos económicos
El abogado especialista en
derecho internacional y profesor de la Ucab Simón Gómez Guaimara considera que
otro de los obstáculos que enfrentará el fiscal Khan será el presupuesto limitado del
que dispone la CPI.
“La Corte tiene severas limitaciones financieras y
crece el número de casos, pero también hay un conjunto de situaciones que ya
estaban en curso y demandan diligencia como, por ejemplo, el caso de Sudán. Las
dificultades técnicas y humanas son una consideración que probablemente va a
tener mayor preponderancia para Khan a la hora de tomar una decisión con
respecto a Venezuela”, afirma.
El abogado recuerda que la
exfiscal Bensouda durante su gestión tuvo que priorizar el caso
de Filipinas por sobre Nigeria y Ucrania, dejando estos dos últimos en una
especie de limbo, debido a la falta de recursos.
“Tenemos fuertes indicios para
creer que la decisión que ha sugerido Bensouda a Khan es la de la iniciación de
una investigación por
crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela. Pero el fiscal pudiera,
sobre la base de este conjunto de limitaciones económicas, establecer plazos
para el inicio de los actos materiales, pudiera supeditar la investigación a la
disposición de recursos”, añade.
En opinión de Gómez, solo si el
gobierno venezolano exhibe un cambio radical de conducta, con juicios genuinos en
contra de los máximos responsables, se justificaría que el fiscal Khan
determine que Venezuela satisface el principio de complementariedad y no es
necesario que la Corte intervenga.
“Es altamente predecible que
Khan no tome ninguna determinación con respecto a Venezuela mientras la Sala de Cuestiones Preliminares no
se pronuncie. Ahora, su decisión en particular queda abierta a cierto grado de
especulación en la medida en que tiene que valorar cuánto le persuade el
trabajo llevado por Bensouda que no dudamos es altamente profesional e
imparcial”, expone.
Cartas bajo la manga
Los expertos coinciden en que
la estrategia del Estado venezolano será retrasar lo más posible el inicio de
una investigación formal contra altos funcionarios y para esto tiene varias
cartas bajo la manga.
“Las oportunidades procesales
del Estado se encuentran en los artículos 18 y 19 del
Estatuto de Roma”, precisa Moya.
En estos apartados se
establecen los recursos de apelación y
de impugnación que
tiene el Estado sobre la competencia de la Corte o la admisibilidad de la
causa.
“Si se decide iniciar una
investigación se abre la posibilidad para que el Estado plantee la inhibición prevista
en el artículo 18 del Estatuto de Roma, una acción que se usó por primera vez
el año pasado por solicitud de Afganistán. El Estado le pide a la Fiscalía que
se inhiba de continuar con la investigación porque tiene plena intención o está
llevando a cabo las investigaciones o juicios contra los perpetradores, esta
pareciera ser una carta anunciada en el caso venezolano”, expresa Gómez.
El abogado sostiene que en este caso no basta con un anuncio, es necesario que el Estado presente pruebas fehacientes sobre su disposición de dar justicia a las víctimas. Pero es un proceso que toma tiempo: “Es una figura nueva y, en un contexto de pandemia y de enormes dificultades financieras para la CPI, toma tiempo, la fiscalía ha prolongado su decisión sobre Afganistán más de 18 meses”, subraya.
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